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Revista Tribunal

versão On-line ISSN 2959-6513

Tribunal vol.4 no.7 Potosí jun. 2024

https://doi.org/10.59659/revistatribunal.v4i7.41 

ARTÍCULOS DE INVESTIGACIÓN

Procedimiento de investigación penal y la victimización secundaria en familiares de asesinados

Criminal investigation procedure and secondary victimization in relatives of murdered people

Procedimento de investigação criminal e vitimização secundária em familiares de pessoas assassinadas

Lindsay Verónica Aguilar Vargas1 
http://orcid.org/0009-0001-9116-4339

1 Universidad Mayor de San Andrés. La Paz, Bolivia lindseycita37@gmail.com


Resumen

El objetivo de esta investigación fue determinar los efectos del procedimiento en la investigación criminal, en torno a la victimización secundaria en familiares de víctimas de delitos de asesinato. Metodológicamente fue mixto de tipo exploratorio y diseño no experimental. La técnica para la recolección de datos fue la encuesta con el instrumento entrevista, aplicado a la población de 68 funcionarios público penitenciario y a 3 familiares víctimas secundarias. Los resultados develaron que el proceso judicial es un escenario de una victimización secundaria, fenómeno tipificado por la victimología como el abuso del poder en el proceso jurídico, que lleva a cometer descalificaciones arbitrarias respecto de la víctima, recriminaciones y obstaculización a la eficacia del servicio; y en la víctima, al propio desconocimiento como interlocutor válido con derecho a ser informado y comprendido. Se concluye que existe una excesiva burocratización del sistema, que provoca lentitud y demora de los procesos.

Palabras clave: Procedimiento; Investigación criminal; victimización secundaria; familia; asesinato

Abstract

The objective of this research was to determine the effects of the procedure in criminal investigation, regarding secondary victimization in family members of victims of murder crimes. Methodologically, it was mixed, exploratory and non-experimental in design. The technique for data collection was the survey with the interview instrument, applied to the population of 68 public prison officials and 3 family members who were secondary victims. The results revealed that the judicial process is a scenario of secondary victimization, a phenomenon typified by victimology as the abuse of power in the legal process, which leads to arbitrary disqualifications regarding the victim, recriminations and obstacles to the effectiveness of the service; and in the victim, the lack of knowledge as a valid interlocutor with the right to be informed and understood. It is concluded that there is excessive bureaucratization of the system, which causes slowness and delay in processes.

Keywords: Procedure; investigation criminal; secondary victimization; family; murder

Resumo

O objetivo desta pesquisa foi determinar os efeitos do procedimento na investigação criminal, no que diz respeito à vitimização secundária em familiares de vítimas de crimes de homicídio. Metodologicamente, tratou-se de um desenho misto do tipo exploratório e não experimental. A técnica de coleta de dados foi a pesquisa com instrumento de entrevista, aplicada à população de 68 agentes penitenciários públicos e 3 familiares que foram vítimas secundárias. Os resultados revelaram que o processo judicial é um cenário de vitimização secundária, fenômeno tipificado pela vitimologia como o abuso de poder no processo judicial, que leva a desqualificações arbitrárias em relação à vítima, recriminações e obstáculos à eficácia do serviço; e na vítima, a falta de conhecimento como interlocutor válido com direito a ser informado e compreendido. Conclui-se que há uma burocratização excessiva do sistema, o que provoca lentidão e atraso nos processos.

Palavras-chave: Atitude; feminicídio; fatores de risco; apoio social; funcionarios

INTRODUCCIÓN

En la evolución del derecho y de la pena se ha notado el desinterés por la víctima, a tal grado que se afirmó que el error de la criminología es estudiar solamente al delincuente, olvidando que este y su víctima son dos partes que interaccionan dentro de un mismo problema. Cotidianamente se ve y escucha en los diferentes medios de comunicación, sobre casos de delincuencia que evidencian el incremento de la inseguridad ciudadana, ante ello la sociedad genera una primera impresión siempre centralizada en el autor material del delito o en el delincuente antes que en la víctima.

Conforme a lo que afirma Villegas (2005)

Lo que los estudiosos de derecho no han notado o no han querido entender, es que la víctima con su denuncia, da a conocer el delito y tan solo por este motivo evita nuevas víctimas, con lo cual viene siendo una parte esencial dentro del proceso, lugar que no se le ha dado o no se le ha querido reconocer. Una de las muchas preguntas que existen en torno a ello, es ¿En Bolivia tenemos la cultura y preparación suficiente para tener un procedimiento de justicia, enfocado o equilibrado en la víctima; y sobre todo, la capacidad para brindarle a la víctima la ayuda necesaria y suficiente? la respuesta sería muy desalentadora (p.2)

En ese sentido la víctima además de haber soportado el hecho delictivo, siente con frecuencia un menoscabo en sus derechos, mientras que el procedimiento penal tiene un carácter victimizador pues el aparato estatal en razón a la causa en que aquélla se ve afectada, agrega un valor negativo a la situación que debe de soportar.

Cuando se comete un delito de asesinato y la víctima recurre a la autoridad persecutora del delito, existe una total carencia de tacto y la única preocupación de ésta parece ser la de capturar al responsable o presuntos responsables, mientras que la víctima no recibe la información suficiente respecto de sus derechos, ni de su situación jurídica que le oriente a darse cuenta en la situación procesal en la que se encuentra. No es contenida en sus emociones y llega a recibir un trato que la hace sentir en total indefensión, lo que le significa profundizar en el daño ocasionado. Ya por la comisión del delito los administradores del sistema procesal, quienes son los que aplican las políticas criminales le reafirman sus condiciones de desamparo e inseguridad, dificultándole la elaboración del duelo y reafirmando así su sello de víctima.

En consecuencia, todo parece indicar que el enfoque de la autoridad que aplica justicia se orienta, en no resarcir el daño causado a la víctima, sino simplemente en poner al delincuente a disposición de la autoridad jurisdiccional, a sabiendas de que la ley faculta a la autoridad para exigir al autor del delito una inmediata reparación del daño causado conforme a Ley.

En relación a la normativa jurídica de Bolivia, se evidenció que: No existe una política criminal clara en ese sentido. Este desmesurado afán de tratar de solucionar los problemas a través de las leyes y buscar la fórmula en el derecho penal, ocasiona un verdadero caos en la administración de la justicia (Villamor, 2008).

La aprobación y puesta en vigor de un nuevo Código de Procedimiento Penal en Bolivia, ha perforado, de alguna manera, el Código Penal con instituciones como la suspensión penal del proceso, el procedimiento abreviado, el perdón judicial, la suspensión condicional de la pena, la prescripción de la acción. Se ha dado un salvoconducto para la impunidad dejando en plena indefensión a la víctima del delito (s/p)

Es evidente que el nuevo sistema procesal penal de nuestro país dirige únicamente la mirada protectora hacia el Imputado, reconociéndole todos sus derechos, nombrándole además un abogado defensor y se olvidó plenamente de la persona que ha sido agraviada, pasando así la víctima a un segundo o tercer plano, quedando sin protección alguna, sin contar con políticas y medidas inmediatas de defensa de sus derechos constitucionales, como tampoco logra la reparación del daño sufrido. Es urgente y necesario darse cuenta que la víctima de un delito precisa recibir atención oportuna, protección inmediata en resguardo de sus derechos constitucionales y que su paso por la administración de la justicia le procure lo que tanto anhela: Justicia.

Investigar sobre el rol de la víctima frente al sistema de justicia permitió conocer y comprender el gran impacto que genera en las personas las acciones desarrolladas para el restablecimiento de derechos, debido lamentablemente a que todas las situaciones que causan una victimización secundaria, significan en muchos casos, un daño igual o mayor al provocado por la propia experiencia de la victimización primaria.

La investigación sobre el rol de la víctima frente al sistema de justicia, contribuyó a conocer y comprender el impacto que genera en estas personas las acciones que debieron enfrentar, en el proceso de restablecimiento de sus derechos, justicia, principalmente considerando la muerte de familiares muy cercanos en situaciones violentas. Hasta hace algún tiempo el rol de víctima dentro del contexto judicial era invisibilizado, por lo que la tesis de reparación de daños y perjuicios no estaba inmersa en el proceso jurídico, ni siquiera era considerado objeto de estudio y de debate en investigaciones. Fue entonces cuando surgió el interés de analizar el recorrido que hacen los familiares al perder a un ser querido por causa de la comisión de un delito, e identificar los efectos del procedimiento en la investigación criminal como consecuencia de todo ese peregrinaje; es decir, la inadecuada atención una vez que entran en contacto con el sistema de Justicia.

La justicia como un servicio público del Estado, debe impartirse y funcionar eficientemente, los órganos jurisdiccionales encargados de administrarla tienen la obligación no sólo de aplicar la ley, sino de resolver el conflicto sometido a su conocimiento aplicando las diferentes fuentes del derecho, entre ellas la constitución, tratados internacionales y principios generales; a fin de que la solución que se otorgue a lo justiciable sea la más satisfactoria y justa posible. Sin embargo, esto no siempre se cumple, pues la vivencia misma de los familiares quienes procuran encontrar justicia por un delito cometido, refleja una realidad totalmente diferente a lo que se estipula en la teoría.

Es aquí donde el tema de la victimización secundaria cobra sentido, pues perder a un ser querido desde el punto de vista jurídico, convierte a los familiares en víctimas, sin embargo el inicio de una investigación, su continuación conforme a las etapas estipuladas en el Código de Procedimiento Penal y culminar con una sentencia condenatoria constituye el inicio de un camino largo, doloroso y frustrante; donde la víctima sigue siendo victimizada y el probable autor es quien jurídicamente tiene más derechos y mayores garantías constitucionales.

Esta investigación centró su estudio en determinar los efectos del procedimiento de la investigación criminal en torno a la victimización secundaria en familiares de víctimas de asesinato, pues más allá de la carga emocional y el propio duelo que afrontan las víctimas o los familiares, todavía queda un largo camino que se tiene que recorrer con todo lo que el proceso de investigación conlleva, sobre todo a nivel emocional. En ese sentido el trabajo presente se efectuó bajo una delimitación espacial que considera a la ciudad de La Paz, ya que es ahí donde se encuentran los órganos jurisdiccionales más representativos de Bolivia, cuando se habla de administración de justicia, ellos son: Tribunal Departamental de Justicia, Ministerio Público: Fiscalía Especializada de Delitos Contra la Vida y Defensoría del Pueblo.

Bajo esa perspectiva el objetivo de la investigación presente fue determinar los efectos del procedimiento en la investigación criminal, en torno a la victimización secundaria en familiares de víctimas de delitos de asesinato.

Se justifica, ya que la investigación se realizó desde una postura psicológica y jurídica, partiendo desde la descripción del procedimiento de la investigación criminal conforme al Código de Procedimiento Penal.

Por tratarse de un tema poco estudiado este trabajo se convirtió en un medio de consulta para estudiantes y profesionales estudiosos interesados en abrir su espectro de la realidad, enfocado a dar un tratamiento más humano a la víctima. Por ser este un tema novedoso sirvió como antecedente para futuros estudios sobre la temática. El avance en el estudio de la víctima permitió su mejor conocimiento, consideración y amparo, reconociéndoseles por fin los derechos humanos inherentes a su condición de víctima.

ORIENTACIÓN TEÓRICA

Se hizo una revisión exponiendo aquellos enfoques teóricos que se consideran válidos para un correcto encuadre del estudio; es decir, los efectos de los procedimientos de investigación criminal entorno a la victimización secundaria en familiares de víctimas de asesinato.

Victimología

Se define como una ciencia multidisciplinaria que se ocupa del conocimiento relativo a los procesos de victimación y desvictimación. Concierne a la victimología el estudio del modo en que una persona deviene víctima, de las diversas dimensiones de la victimación (primaria, secundaria y terciaria) y de las estrategias de prevención y reducción de la misma, así como del conjunto de respuestas sociales, jurídicas y asistenciales, tendientes a la reparación y reintegración social de la víctima (Sánchez 2015).

Tipos de víctima

Según Mendelsohn (1981) La clasificación se hizo de la forma siguiente:

1- Víctima completamente inocente o ideal. Es la que no ha hecho nada para desencadenar la situación criminal en la que resultó lesionado o afectado. 2- Víctima de culpabilidad menor o víctima por ignorancia. En este caso se presente una circunstancia no voluntaria al delito. La víctima por un acto de poca reflexión provoca su propia victimización. 3- Víctima tan culpable como el infractor o víctima voluntaria. Se presente en los casos de homicidio por piedad, donde la víctima como el victimario son copartícipes del hecho donde va a resultado muerto el afectado por la enfermedad incurable o discapacitado grave. 4- La víctima más culpable o víctima únicamente culpable. La víctima por imprudencia, el que determina la comisión del hecho punible por su falta de cuidado. También aquella que resulta afectada cuando busca lesionar a otro y este se defiende en legítima defensa causando la muerte al primer agresor.

Victimización

Es entendida como los efectos psicosociales inducidos sobre la víctima y su entorno social por los eventos interpersonales y sociales tipificados penalmente como delitos, de este modo la dificultad en definir el concepto de víctima le genera tres problemas al de victimización: el requerimiento del marco legal de la victimización, la propia experiencia de la victimización y la naturaleza del objeto victimizado “el delito es una creación social y su universo de interés se expande y contrae con el paso o aplicación de las leyes criminales y el cambio en las líneas políticas” (Gonzáles et al., 2011).

Victimización secundaria

En palabras de Gutiérrez, et al. (2009) se tiene claro que varios autores coinciden en definir la victimización secundaria como:

Las consecuencias psicológicas, sociales, jurídicas y económicas negativas que dejan las relaciones de la víctima con el sistema jurídico penal, supone, un choque frustrante entre las legítimas expectativas de la víctima y la realidad institucional, involucrando una pérdida de comprensión a cerca del sufrimiento psicológico y físico que ha causado el hecho delictivo, dejándolas desoladas e inseguras y generando una pérdida de fe en la habilidad de la comunidad, los profesionales y las instituciones para dar respuesta a las necesidades de las mismas (pp. 45-48)

Así mismo, se entiende como una segunda experiencia victimal a la que resulta con alguna frecuencia siendo más negativa que la primaria, y puede llevar a incrementar el daño causado por el delito con otros de dimensión psicológica o patrimonial (Berrill et al., 1992; Beristain, 1995, 1999; ONU, 1999)

Para Palacio (2001) la victimización secundaria se refiere a un proceso a través del cual, el sujeto ha provocado la victimización primaria es victimizado por las instancias de control social formal (como las prisiones)

Según Beristain (1999) la victimización secundaria hace referencia a la mala o inadecuada atención que recibe la víctima una vez entra en contacto con el sistema de justicia. De similar modo, autores como Montada (1991; 1994) y Albarrán (2003) consideran que la victimización secundaria es una reacción social negativa generada como consecuencia de la victimización primaria, donde la víctima reexperimenta una nueva violación a sus derechos legítimos, cuando la policía, las instituciones sociales y gubernamentales intervienen con el fin de reparar la situación de la víctima, a nivel económico, social, físico y psicológico. Así mismo, Berril, et al. (1992) añaden que este tipo de victimizaciones ocurren cuando los otros (que no han sido víctimas) responden de forma negativa a las víctimas, por su condición sexual, racial, étnica o religiosa.

Para Albertin (2006) la victimización secundaria se deriva de las relaciones entre la víctima y las instituciones sociales (servicios sociales, sanitarios, medios de comunicación, jurídicos, etc.)

La victimización secundaria en este último sentido no solo ocurre como consecuencia directa de la actuación criminal, sino también a través de la respuesta de instituciones e individuos particulares en la atención que se les brinda a estas. Comprende la negación de los derechos de las víctimas, especialmente por condiciones de género o sexual, cultura, raza, etnia, edad, entre otros, así mismo involucra la negación del reconocimiento de la experiencia particular frente al hecho delictivo (Campbell, 2005; Albarrán, 2003 y ONU, 1985; 1999)

Es así que con el repaso de las diferentes fuentes teóricas se consideró que la victimización secundaria recibe varios nombres: a) Victimización criminal, b) Desviación derivada, c) Revictimización, d) Doble victimización que incluye la mala intervención psicológica terapéutica o médica, que brindan profesionales inescrupulosos y mal entrenados para atender situaciones que revisten características particulares (Rozanski, 2003)

Delito

Hacer referencia al delito, se trata de una conducta contraria a la ley. La palabra delito, deriva de supino delictum del verbo delinquere, a su vez compuesto de linquere, dejar y el prefijo de, en la connotación peyorativa, se toma como linquere viam o rectam viam: dejar o abandonar el buen camino. El delito es toda conducta descrita por la ley penal cuya consecuencia es la pena o las medidas preventivas o represivas (Villamor, 2008).

Delincuente

Desde el punto de vista jurídico es el autor de una infracción, es decir, de cualquier acto previsto y castigado por la ley penal y que puede ser objeto de una investigación en este campo. Es el sujeto activo del ilícito penal, es quién comete el delito o crimen en un momento y en un lugar determinado. El concepto de delincuente ha ido cambiando según variaba el concepto de delito y la ley penal, estando ambas directamente relacionadas con las estructuras sociales y la política criminal de cada momento.

Muerte

La muerte forma parte de la vida de las personas, se conoce a la muerte como cesación de la vida, se origina como consecuencia de la imposibilidad orgánica de mantener el proceso homeostático. Establecer el origen etimológico de la palabra muerte lleva al latín, procede del vocablo latino mors, mortis que es el que daría lugar con el paso del tiempo al verbo morir.

Definir la muerte resulta mucho más difícil de lo que uno se imagina, ya que implica diversos ámbitos: biológico, médico, legal, social, religioso etc. los cuales se encuentran entrelazados de una forma compleja, no obstante, cada cual intenta darle un sentido desde su propia perspectiva. Dentro de una definición genérica, aceptada entre la comunidad médica y jurídica, se define a la muerte como el cese definitivo e irreversible de las funciones vitales: respiratoria, cardiovascular y nerviosa (Carvajal, 2014)

Homicidio

La palabra homicidio se deriva del latín “Homicidium” que se descompone en dos voces, homo = hombre y caedere = matar. Por tanto, el homicidio es la muerte causada a una persona por otra.

Garantías de la víctima

El Art. 121 de la Constitución Política del Estado señala que:

La víctima en un proceso penal podrá intervenir de acuerdo con la ley, y tendrá derecho a ser oída antes de cada decisión judicial. En caso de no contar con los recursos económicos necesarios, deberá ser asistida gratuitamente por una abogada o abogado asignado por el Estado (2009)

La víctima para participar en el proceso penal no requiere constituirse en parte, es decir, no es necesario que presente su querella en los diferentes actos procesales, porque la Constitución y el Código de Procedimiento Penal, le otorgan el derecho de ser oída antes de cualquier decisión judicial.

Etapas del proceso penal

Las etapas del proceso penal, desde el código de procedimiento penal, se desarrolla en cuatro. 1) La etapa preparatoria, 2) La de juicio oral público, 3) La etapa de interposición de recursos y 4) La etapa de la ejecución penal. Sin embargo cabe decir que el procedimiento penal -el código- en realidad no establece de manera manifiesta la fase preliminar de la investigación sin embargo la sentencia constitucional 1036 - 2002 R del 2 de agosto del año 2002, realiza una amplia interpretación del contenido del código de procedimiento penal y de manera explícita establece que la etapa preparatoria, se va a dividir en tres fases: a) La fase de los actos iniciales, b) La fase del desarrollo de la etapa preparatoria misma y c) la fase de la conclusión de la etapa preparatoria.

MÉTODO

El paradigma fue postpositivista con un enfoque mixto puesto que se hizo interpretación del comportamiento de la variable independiente, efectos del procedimiento de la investigación criminal en la denominación conceptual: conjunto de acciones resultantes que desarrollan las autoridades pertinentes con relación al delito de asesinato; en las dos dimensiones, a) manifestación sobre victimización secundaria y b) identificación de victimización secundaria generado por los actos procesales en delitos de asesinato (Entrevista a los funcionarios públicos).

Y la variable dependiente, victimización secundaria en familiares de víctimas de asesinato en la denominación conceptual: daño o perjuicio adicional derivados del delito de asesinato que se juzga, debido al mal funcionamiento del sistema de justicia; en la dimensión: identificación de victimización secundaria que viven los familiares por delitos de asesinato (entrevista a familiares del asesinado).

El diseño fue no experimental ya que los involucrados opinaron más no fueron un grupo control. El tipo fue exploratorio por ser un trabajo único que imposibilitó el encuentro con referentes para establecer alguna discusión con efectos comparativos; solo se examinó detalladamente conceptos y los resultados de la encuesta tipo entrevista. La población fue del ámbito penitenciario, estuvo conformada por sesenta y ocho (68) agentes institucionales (abogado defensor, fiscal, Juez de instrucción o sentencia en lo penal, perito, policía investigador y el defensor público) y tres (3) familiares que fueron víctimas secundarias.

RESULTADOS

Tabla 1. Operacionalización de variables

Fuente: Elaboración propia

Para estos efectos solo se extrajeron de la tesis original algunos resultados, que por su contenido, se convierten en prolegómenos del sentido general de la conceptualización de la investigación.

De la variable independiente (vi) efectos del procedimiento de la investigación criminal en la denominación conceptual: conjunto de acciones resultantes que desarrollan las autoridades pertinentes con relación al delito de asesinato y sus dimensiones a, b y c.

Dimensión a) manifestación sobre victimización secundaria: Trato inadecuado, Falta de un entorno de protección hacia la víctima y familiares.

Tabla 2 Operacionalización de variables 

Fuente: Elaboración propia.

La tabla 2 indicó que el 45,6% de los profesionales encuestados afirmaron estar muy de acuerdo y el 52,9% afirmó que están de acuerdo con que es frecuente el trato inadecuado de la víctima en un proceso penal por parte de los actores que participan de la investigación criminal. Un pequeño porcentaje 1 de 68 profesionales encuestados manifestó cierta duda.

El trato inadecuado se presentó por diferentes razones; una de ellas fue la excesiva carga procesal y otra se la poca empatía que muestran diferentes actores judiciales que participaron del proceso. Es común ver en los estrados judiciales que las partes interesadas “víctimas” no accedieron a la información del proceso: cuaderno de investigación, cuaderno de control jurisdiccional y otros actuados por falta de la presencia del abogado defensor, por la inasistencia de algún funcionario de juzgado o por motivos vinculados a la carga laboral. Misma variable (vi) en la dimensión b) Inadecuados procedimientos de atención a las víctimas.

Tabla 3 Es normal la falta de un entorno de protección para la víctima de un delito de asesinato 

Fuente: Elaboración propia.

La tabla 3 indicó que un 50% de las personas encuestadas afirmaron estar muy de acuerdo, reforzado por el 48,5% que indicó estar de acuerdo. Un pequeño porcentaje 1,5% es decir 1 de 68 personas manifiestan poca seguridad, pero está claro que el resultado fue contundente.

Bajo estos datos se aseveró que en la investigación criminal existe una falta de protección para la víctima de un delito de asesinato. Este fue otro efecto del procedimiento en la investigación criminal en torno a la victimización secundaria.

Al respecto fue necesario considerar que a las víctimas en general se les trata como objetos de prueba o se les reserva un papel insignificante, lamentablemente al efectuar “la notitia criminis” y en el mejor de los casos se les permite asumir el rol de parte, solicitando una indemnización si es que logran arribar al estado superior del juicio.

Por lo tanto, fue normal la falta de un entorno de protección hacia la víctima de un delito de asesinato, ya que los Fiscales y Policías no velan y cumplen su trabajo con responsabilidad en algunos casos, es decir; la víctima es vulnerada en sus derechos fundamentales como persona, por lo tanto, también son vulneradas sus garantías constitucionales, reconocidas en la Constitución Política del Estado.

Misma variable (vi) en la dimensión c) en los indicadores de medición: Grado de información a las víctimas de asesinato y tipo de trato recibido.

Tabla 4 Operacionalización de variables 

Fuente: Elaboración propia.

En la tabla 4, los resultados revelan que el 73,5% de las respuestas indicaron un “sí”, mientras que el 23,5% no estuvo de acuerdo y el 2,9% restante no proporcionó una respuesta. Si bien estos resultados pueden considerarse parciales, es importante señalar que en algunos casos, el factor de la información no fue influyente. Sin embargo, como se ha observado en otros estudios sobre el ámbito judicial, se encontraron condiciones que apuntan a la existencia de un ambiente de maltrato y victimización secundaria.

La mayoría de los especialistas consultados afirmaron que es correcta la apreciación o valoración, respecto a la falta de información que influye para que se desarrolle un ambiente de maltrato y victimización secundaria en un ámbito judicial. Por ejemplo: es común que los tiempos procesales no se cumplan en la práctica, a pesar de que está claramente establecido en la normativa que la duración máxima del proceso conforme al Artículo 133º: Todo proceso tendrá una duración máxima de tres años, contados desde el primer acto del procedimiento, salvo el caso de rebeldía.

Ante ello, las víctimas no son informadas del proceso a seguir y el escaso conocimiento de los plazos procesales que pudiesen tener. Ello hace que estas se encuentren en una gran desventaja, pues a quien comete el delito se le leen los derechos fundamentales y el Estado le paga un abogado de oficio, constituyéndose obviamente en un gran desacierto en relación al proceso y un elemento más que ahonda la victimización secundaria, precisamente por la desigualdad de condiciones procesales.

Por otro lado, la víctima sólo es vista como un objeto únicamente útil como fuente de información que está sometida a prolongados tiempos de espera, en sitios incómodos en los juzgados donde está sujeta a un excesivo número de investigadores que la interrogan, dándole a cada uno su versión de los hechos.

Tabla 5 Deficiencia en las respuestas institucionales debido a los inadecuados procedimientos de atención que se realizan, situación que genera victimización secundaria 

Fuente: Elaboración propia.

En la tabla 5, los resultados indican que un 92,6% de profesionales optan por la respuesta “sí” ante la denuncia de un delito, mientras que solo un 7,4% lo negaron. Este aspecto deja entrever que las respuestas de las instituciones policiales y judiciales ante casos de denuncia, como el asesinato, suelen ser deficientes. Esto se debe a la falta de procedimientos adecuados, la tardanza en la justicia, la falta de preparación de los actores involucrados, como investigadores y policías, y la ausencia de normas procesales con enfoque en los derechos humanos. Además, existen otros elementos circunstanciales que hacen que la investigación sea un proceso extremadamente doloroso y que, en la mayoría de los casos, favorece a los acusados, prolongando así su duración.

De la variable dependiente (vd)

Identificación de victimización secundaria generado por los actos procesales en delitos de asesinato, en los indicadores de medición: Grado de información a las víctimas de asesinato, Percepción del nivel de comprensión de la víctima, Acompañamiento de la víctima en las etapas de la investigación y Percepción de justicia para la víctima.

A continuación, se presenta los hallazgos de las entrevistas que fueron aplicadas a familiares víctimas de asesinato

¿Considera suficiente la información y/o las explicaciones que usted ha recibido de los operadores de justicia en relación a la investigación de su caso?

- Es insuficiente, la información que dan los operadores de justicia no es completa, no es clara.

- No es suficiente, es muy difícil siquiera entrar en contacto con los operadores de justicia, piden que sea el abogado quien vaya a pedir información, la realidad es que el abogado atiende varios casos y muchas veces no tiene tiempo.

- No lo considero suficiente porque nadie me ha explicado con calma y paciencia como se debe realizar una investigación, las cosas pasaron tan rápido que lo único que entiendo es que tengo que tener dinero para todo, creo que el Estado debería mejorar todo el proceso de investigación.

¿Se siente usted comprendida en la investigación?

- No me siento comprendida.

- No

- No para nada, es lo que menos se tiene a favor de las víctimas poca o casi nada de comprensión, parece ser que los denunciantes solamente somos objetos más que sujetos, solo tenemos que hacer recuerdar al abogado y pedir que no se olvide de la demanda sino las cosas nunca avanzan y no se hace justicia.

¿Cómo se siente usted ante el contacto directo con el presunto autor del delito en la etapa investigativa y/o en la etapa de juicio oral?

- Muy afectada, porque se revive el dolor de la pérdida del ser querido y también porque el probable autor tiene más derechos y mayores garantías, que la víctima que es el familiar.

- Mal, porque la sola presencia te recuerda el delito y muchas veces el probable autor es quien es más altanero y agresivo que la víctima misma. Lo peor es que de acuerdo a la ley el delincuente pareciera tener más derechos constitucionales que cualquier otro ciudadano.

- Es algo necesario, pero da mucha impotencia ver al autor de un asesinato como si nada.

DISCUSIÓN

Luego de haber perdido a una persona muy cercana, un familiar muy querido con una muerte violenta, son los familiares directos quienes debe emprender el largo recorrido que les permita esclarecer este ilícito, que repare la vulneración de uno de los derechos fundamentales: la vida y además que encuentre la sanción y el castigo del o los responsables de dicho delito; redactado de esta manera y comparado con lo establecido en la normativa penal está muy claro el procedimiento a seguir, sin embargo la realidad de lo que sucede en los estrados judiciales es totalmente contrario a lo establecido, diferente de lo que la gente espera recibir de la autoridad designada para ello, frustrante para los familiares para quienes se ahonda aún más el dolor, porque el asesinato de esa persona tan cercana a ti, muchas de las veces queda en la impunidad.

Una vez que se entra en contacto con la investigación de un asesinato, el estilo y ritmo de vida de los familiares cambia radicalmente, muchas veces convirtiendo a estos mismos familiares en investigadores de ese hecho, pues la impotencia que se vive al ver el escaso avance de la investigación, que luego de años de no esclarecerse empuja a ser uno mismo quien busque los elementos que considera necesarios para poder esclarecer el caso, se convierte también en abogado pues la burocracia y la corrupción muchas veces conlleva a la traición de aquel profesional que juró defenderte y también se encuentran aquellos familiares que ante la falta de celeridad han abandonado la investigación del caso, dejando a un ser Supremo el castigo por el delito cometido.

CONCLUSIONES

En el proceso penal por asesinato, es común que la víctima reciba un trato inadecuado. Se puede presentar contacto con el presunto autor en el juicio oral u otras instancias previas, así como la falta de un entorno de protección para la víctima. Además, es frecuente que las víctimas sufran de incomprensión por parte de los operadores jurídicos, así como por parte del propio sistema, que en algunos casos las ignora por completo.

El trato recibido por parte de las autoridades a familiares que buscan el cumplimiento de la normativa penal es deplorable, ya que en ocasiones las víctimas son tratadas como acusados en los interrogatorios, debido a la falta de preparación, conocimiento y sensibilización de los investigadores y/o jueces.

Si bien la víctima sólo es vista como un objeto únicamente útil como fuente de información, es frecuente la falta de información a la víctima sobre los protocolos y tiempos procesales (especialmente cuando el victimario no es detenido) esto establece la desinformación respecto del proceso judicial.

Se logró identificar la victimización secundaria que viven los familiares por delitos de asesinato, desde la opinión de profesionales y de los familiares vinculados a la investigación criminal. El Estado a través de sus órganos y funcionarios judiciales tiene la responsabilidad de participar preponderantemente en la restauración emocional de la víctima, en la medida en que trascienda el papel de agente reivindicativo. De lo contrario, el proceso judicial seguirá siendo un escenario de una victimización secundaria, fenómeno tipificado por la victimología como el abuso del poder en el proceso jurídico, que lleva a cometer descalificaciones arbitrarias respecto de la víctima, recriminaciones y obstaculización a la eficacia del servicio; y en la víctima al propio desconocimiento como interlocutor válido con derecho a ser informado y comprendido.

REFERENCIAS

Albarrán, A. J. (2003) Psicología Forense y Victimología. En: Urra, J. (2003) Tratado de Psicología Forense. España: Siglo XXI [ Links ]

Albertin, P. (2006) Psicología de la victimización criminal. En Soria, My Saíz, D. (.), Psicología Criminal. (coord.). (pp 245-276) España: Pearson Educación [ Links ]

Beristain, A. (1995) Nueva Criminología Desde El Derecho Penal y la Victimología. España: Tirant Lo Blanch [ Links ]

Beristain, A. (1999) Criminología y Victimología. Colombia: Leyer [ Links ]

Berrill, K.T., Herek, G. (1992) Hate Crimes: Confronting Violence Against Lesbians and Gay Men. California: Sage Publications [ Links ]

Campbell, R. (2005) What Really Happened? A Validation Study of Rape Survivors‘ Hel-Seeking Experiences with The Legal and Medical Systems. Violence And Victims, 20 (1) febrero 2005, 55-68 [ Links ]

Carvajal, O. D. R. (2014) Duelo por un Homicidio (Tesis de maestría) Asociación Mexicana de Educación Continua y a Distancia, A.C. México. [ Links ]

Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia de 2009. (2009, 7 de febrero). Constitución política del Estado [Texto de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia]. Cochabamba, Bolivia: Imprenta Judicial. [ Links ]

Mendelsohn, B. (1981) La Victimología y las tendencias de la sociedad Contemporánea. Revista Ilanud, al día. San José, Costa Rica [ Links ]

Montada, L. (1991) Coping with life stress: Injustice and the question „Who is responsible?“ In: Steensma, H., and Vermunt, R. (eds.), Social Justice in Human Relations (Vol. 2), Plenum, New York, pp.9-30 [ Links ]

Montada, L. (1994) Injustice in harm and loss. Soc. Justice Res. 7: 5-28 [ Links ]

ONU (1985) Manual de Justicia Sobre el Uso y Aplicación de La Declaración de Principios Básicos de Justicia para Víctimas de Delito y Abuso de Poder. Recuperado el 11 de septiembre de 2006, del sitio web de la ONU: http://www.uncjin.org/Documents/6comm/16s.pdfLinks ]

ONU (1999) Guide For Police Maker. Recuperado el 11 de septiembre de 2006. http://www.uncjin.org/Standards/policy.pdfLinks ]

Palacio, M. (2001) Contribuciones de la victimología al sistema penal. Colombia: Jurídicas Gustavo Ibáñez C. Ltda [ Links ]

Gonzáles, Ortiz S.; Ramírez, Corredor S.; Molina Vargas S. (2011) Manual de Conocimientos en Revictimización MCR-ASAJ. Únete a la solución, di no a la Revictimización [ Links ]

Gutiérrez De P., Botero, C. Coronel, E. (2009) Imaginarios y marcos valorativos de funcionarios de justicia sobre víctimas de violación sexual en Cali. Recuperado el 14 de julio de 2016 http://www.scielo.org.pe/pdf/liber/v15n1/a06v15n1.pdfLinks ]

Rozanski, C (2003) Abuso sexual infantil ¿Denunciar o silenciar? Argentina: Argentina S.A. [ Links ]

Sánchez, J. (2015) Concepto de muerte natural, violenta y sospechosa de criminalidad. Fenómenos cadavéricos y su evolución [ Links ]

Villamor, L, F. (2008) Derecho Penal Boliviano. Bolivia [ Links ]

Villegas, J. A. (2005) Historia de la investigación científica de la psicología en Chile (Vol. I). Santiago de Chile: Universidad Mariano Egaña [ Links ]

Recibido: 03 de Septiembre de 2023; Aprobado: 19 de Noviembre de 2023

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